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1. Naturaleza, misión y alcance
La Editorial Luna Azul es una editorial independiente dedicada a la producción, edición, publicación y circulación de libros y otros contenidos editoriales en los campos de la literatura, la investigación interdisciplinaria, la creación artística, la divulgación académica, los textos didácticos y las obras institucionales, entre otras. Su labor editorial se orienta a una comunidad amplia y diversa, integrada por autores, investigadores, docentes, estudiantes y lectores en general, con especial atención a los contextos latinoamericanos.
La misión de la editorial se fundamenta en la promoción del conocimiento, la creatividad, la reflexión crítica y el diálogo de saberes como pilares del desarrollo académico, científico, cultural y social. En este sentido, Luna Azul asume la edición como un proceso cultural y ético, comprometido con la calidad, la inclusión, la pluralidad de enfoques y el acceso responsable al conocimiento.
La presente política editorial define los principios, criterios, procesos y responsabilidades que orientan la gestión editorial de Luna Azul, y constituye el marco normativo que regula la relación entre la editorial, los autores, los evaluadores, los editores y los demás actores involucrados en el proceso de publicación.
2. Principios editoriales
La actividad editorial de Luna Azul se rige por principios que garantizan la coherencia, legitimidad y calidad de su catálogo. El principio de calidad editorial orienta todas las decisiones relacionadas con la selección, evaluación, edición y producción de las obras, asegurando rigor académico, solidez conceptual, cuidado literario y excelencia técnica.
La ética e integridad sustentan el compromiso con la honestidad intelectual, la originalidad de los contenidos y el respeto por las buenas prácticas en investigación y creación, rechazando cualquier forma de plagio, manipulación de información o conducta contraria a los estándares editoriales internacionales. Este compromiso se complementa con la objetividad, principio que obliga a sustentar cada publicación en fuentes verificables y evidencia rigurosa, separando con claridad la información de la opinión.
La imparcialidad y la independencia editorial garantizan la autonomía de los comités frente a presiones externas de carácter político, ideológico o comercial, asegurando que cada contenido refleje múltiples perspectivas sin sesgos, en beneficio del derecho de las audiencias a una información justa y plural.
El reconocimiento de la diversidad se expresa en la apertura a distintos enfoques teóricos, metodológicos, estéticos y culturales, promoviendo la inclusión de voces históricamente subrepresentadas. La innovación editorial, por su parte, impulsa la adopción de nuevas tecnologías, formatos y enfoques narrativos que permiten anticipar tendencias y ampliar el alcance e impacto del catálogo.
La oportunidad orienta la publicación de contenidos relevantes en el momento preciso, respondiendo con agilidad a las necesidades de las audiencias y al dinamismo del entorno académico y cultural. Finalmente, la transparencia y la confidencialidad aseguran procesos claros, decisiones motivadas y el resguardo de la información personal y de los contenidos sometidos a evaluación.
3. Definiciones fundamentales
Para efectos de la presente política, se entiende por autor la persona natural que crea una obra original y que, por este solo hecho, es titular de los derechos morales, los cuales son inalienables, irrenunciables e imprescriptibles. Cuando una obra es creada por dos o más personas, se configura una coautoría, en la que los derechos se ejercen de manera conjunta, según lo establecido en la legislación vigente y los acuerdos entre las partes.
La edición se concibe como el conjunto de procesos intelectuales, técnicos, administrativos y legales que permiten transformar un manuscrito en una obra publicada. La reimpresión corresponde a la reproducción adicional de ejemplares de una misma edición sin modificaciones sustanciales, mientras que la reedición implica cambios significativos en el contenido, estructura o formato de la obra, lo cual da lugar a una nueva edición.
La evaluación por pares es el procedimiento mediante el cual expertos externos, bajo la modalidad de doble ciego, emiten conceptos académicos o literarios sobre un manuscrito, con el fin de garantizar su calidad, pertinencia y originalidad.
4. Estructura editorial y órganos de gobierno
La gestión editorial de Luna Azul se sustenta en una estructura colegiada que asegura la calidad y legitimidad de las decisiones editoriales. El Comité Editorial es la máxima autoridad en materia editorial y tiene como funciones definir y actualizar la política editorial, evaluar y aprobar los proyectos editoriales, establecer lineamientos de colección, designar coordinadores editoriales y orientar las estrategias de circulación y sostenibilidad del catálogo.
El Comité Científico actúa como órgano asesor del Comité Editorial y está conformado por expertos de reconocida trayectoria académica y profesional. Su intervención se solicita en aquellos casos en que la complejidad disciplinar o metodológica de una obra lo requiera.
El Comité de Ética Editorial es la instancia encargada de velar por el cumplimiento de los principios éticos y de integridad académica. Atiende y resuelve situaciones relacionadas con plagio, autoplagio, conflictos de interés, disputas de autoría, retractaciones y otras conductas contrarias a la ética editorial.
Cada obra contará con un coordinador editorial, responsable de liderar y articular las distintas fases del proceso editorial, garantizando la comunicación con los autores y la correcta ejecución de los procedimientos definidos por la editorial.
5. Catálogo editorial y colecciones
El catálogo de Luna Azul se organiza en colecciones temáticas que responden a los objetivos misionales de la editorial y a las características de los públicos lectores. Cada colección cuenta con criterios editoriales específicos y se encuentra bajo la supervisión del Comité Editorial, que vela por la coherencia, calidad y proyección del conjunto del catálogo.
6. Tipologías de proyectos editoriales
Luna Azul publica libros académicos y resultados de investigación, libros de texto y materiales didácticos, publicaciones seriadas, libros institucionales, obras literarias, textos experimentales y proyectos editoriales innovadores. Cada tipología responde a criterios de evaluación y procesos editoriales diferenciados, acordes con su naturaleza y propósito.
7. Recepción y postulación de manuscritos
Las propuestas editoriales deberán presentarse en formato digital y acompañarse de una descripción de la obra, el currículo del autor o autores y una declaración de originalidad. Los manuscritos deberán ser inéditos y ajustarse a las normas editoriales y de estilo definidas por Luna Azul. La recepción de un manuscrito no implica su aceptación ni compromiso de publicación.
8. Proceso de evaluación y selección
El proceso de evaluación inicia con una revisión preliminar por parte del Comité Editorial, que verifica la pertinencia y coherencia de la propuesta con la línea editorial. Posteriormente, cuando la tipología de la obra lo requiera, el manuscrito se somete a evaluación externa por pares bajo el sistema de doble ciego. Con base en los conceptos recibidos, el Comité Editorial emite una decisión motivada. La aceptación definitiva está condicionada a la incorporación de los ajustes solicitados.
9. Ética editorial e integridad académica
Luna Azul adopta estándares internacionales de ética editorial y buenas prácticas en investigación y creación. Todos los manuscritos serán sometidos a herramientas de detección de similitud textual. La editorial podrá rechazar, suspender o retractar obras que incumplan los principios éticos establecidos.
10. Proceso de edición y producción
Una vez aceptado el manuscrito, se inicia el proceso de edición, que comprende la corrección de estilo, el diseño y la diagramación, la revisión de pruebas y la aprobación de artes finales. El autor se compromete a atender oportunamente las observaciones editoriales. No se admitirán cambios sustanciales al contenido una vez iniciada la fase de producción, salvo autorización expresa de la editorial.
11. Derechos de autor y régimen contractual
Los autores conservan en todo momento sus derechos morales. Los derechos patrimoniales se regularán mediante contrato de edición, en el cual se definirán los alcances de la cesión, los formatos de publicación, la duración, el territorio y las condiciones económicas. El autor garantiza la originalidad de la obra y la obtención de los permisos necesarios para el uso de contenidos de terceros.
12. Confidencialidad y protección de datos personales
La información personal de autores, evaluadores y demás participantes, así como los contenidos sometidos a evaluación, serán tratados de manera confidencial y utilizados exclusivamente para fines editoriales, conforme a la normativa vigente en protección de datos personales.
13. Actualización de la política editorial
La presente política editorial podrá ser revisada y actualizada periódicamente por el Comité Editorial, con el fin de garantizar su pertinencia frente a cambios normativos, tecnológicos, académicos y culturales.
ANEXOS
Anexo 1. Protocolo de ética editorial
Este protocolo establece los procedimientos para la prevención, identificación y resolución de conductas no éticas, tales como plagio, autoplagio, conflictos de interés, publicación redundante y disputas de autoría. El Comité de Ética Editorial será la instancia encargada de analizar cada caso y emitir las decisiones correspondientes, garantizando el debido proceso y el derecho a la defensa.
Fundamento normativo
Este protocolo se sustenta en los lineamientos del Committee on Publication Ethics (COPE), las directrices de la UNESCO sobre ética en la investigación y la comunicación científica, la Ley 23 de 1982 y la Ley 1915 de 2018 sobre derechos de autor en Colombia, y los principios de la Declaración de Singapur sobre Integridad en la Investigación (2010).
a. Conductas objeto de evaluación
Plagio: apropiación total o parcial de ideas, textos o datos de terceros sin la debida atribución. Se aplican herramientas de detección automatizada en todos los manuscritos recibidos.
Autoplagio: reutilización de obras o fragmentos propios previamente publicados sin declaración explícita, conforme a los criterios COPE.
Conflicto de interés: relación de orden financiero, institucional o personal que pueda comprometer la objetividad del proceso editorial. Autores, evaluadores y editores deben declararlo expresamente al inicio del proceso.
Publicación redundante: envío simultáneo o posterior de un mismo manuscrito a más de una publicación sin autorización de las partes involucradas.
Disputas de autoría: desacuerdos sobre la atribución, el orden o la exclusión de autores, regulados conforme a los criterios de autoría del International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE), aplicables por analogía a todas las disciplinas.
b. Procedimiento
Recepción y registro: toda denuncia o hallazgo de conducta no ética debe presentarse por escrito ante el Comité de Ética Editorial, con soporte documental. El comité acusará recibo en un plazo máximo de cinco días hábiles.
Evaluación preliminar: el comité realizará una revisión inicial para determinar la pertinencia del caso en un plazo de quince días hábiles, garantizando la confidencialidad de las partes.
Debido proceso: se notificará al autor o parte implicada, quien tendrá derecho a presentar descargos en un plazo de diez días hábiles, conforme al principio de contradicción consagrado en la Ley 1437 de 2011 (CPACA).
Resolución: el comité emitirá una decisión motivada en un plazo máximo de treinta días hábiles, que podrá contemplar el archivo del caso, la solicitud de corrección, la retractación de la publicación o la suspensión del autor en futuros procesos editoriales.
Apelación: la decisión podrá ser apelada ante la Dirección Editorial en un plazo de cinco días hábiles tras su notificación.
c. Principios rectores del procedimiento
- Confidencialidad: la identidad de denunciantes y evaluadores se protege en todo momento.
- Imparcialidad: ningún miembro del comité con conflicto de interés participará en la deliberación.
- Proporcionalidad: las decisiones guardarán relación directa con la gravedad de la conducta.
- Transparencia: las decisiones serán comunicadas a las partes con su debida motivación.
d. Referencias normativas
- COPE. Core Practices and Guidelines. https://publicationethics.org
- UNESCO. Recomendación sobre la Ciencia Abierta, 2021.
- Ley 23 de 1982 — Derechos de Autor, Colombia.
- Ley 1915 de 2018 — Reforma a la Ley de Derechos de Autor, Colombia.
- Declaración de Singapur sobre Integridad en la Investigación, 2010.
- ICMJE. Recommendations for the Conduct of Research, 2023.
- Ley 1437 de 2011 — Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Colombia.
Anexo 2. Protocolo de conflictos de interés
Autores, evaluadores y editores deberán declarar cualquier vínculo personal, académico, institucional o económico que pueda influir en su criterio. La editorial podrá reasignar evaluadores o editores cuando se identifique un conflicto que comprometa la imparcialidad del proceso.
Fundamento normativo
Este protocolo se sustenta en las directrices del Committee on Publication Ethics (COPE), las recomendaciones del International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE), la Declaración de Singapur sobre Integridad en la Investigación (2010), la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción, Colombia) y los principios de transparencia e imparcialidad consagrados en la Ley 1437 de 2011 (CPACA).
a. Definición
Se entiende por conflicto de interés toda situación en la que un vínculo de naturaleza personal, académica, institucional, económica o ideológica pueda comprometer —real o potencialmente— la objetividad, independencia o imparcialidad de quienes participan en el proceso editorial, conforme a los criterios COPE (Guidelines on Conflicts of Interest, 2022).
b. Ámbito de aplicación
Este protocolo aplica a todos los actores vinculados al proceso editorial de Luna Azul:
- Autores: responsables de declarar vínculos que puedan influir en la producción o presentación de sus obras.
- Evaluadores: obligados a revelar cualquier relación con los autores o con los contenidos evaluados.
- Editores y miembros de comités: sujetos a declaración ante cualquier interés que afecte su criterio en la selección, evaluación o aprobación de publicaciones.
c. Tipos de conflicto de interés
Personal: relaciones de amistad, parentesco o rivalidad con alguna de las partes involucradas.
Académico o intelectual: coautoría reciente, dirección de tesis, pertenencia a la misma institución o grupo de investigación en los últimos tres años.
Económico o financiero: recepción de financiación, honorarios, patrocinios o cualquier beneficio material relacionado con la obra evaluada.
Institucional o ideológico: afiliación a entidades con interés directo en los resultados o contenidos de la publicación.
d. Procedimiento de declaración
Todo autor, evaluador o editor deberá diligenciar el Formulario de Declaración de Conflictos de Interés al inicio de su vinculación con el proceso editorial, conforme al modelo recomendado por el ICMJE.
La declaración deberá actualizarse si surge un nuevo conflicto durante el proceso.
La omisión deliberada de información constituirá una falta ética sujeta al Protocolo General de Ética Editorial de Luna Azul.
e. Gestión y resolución
Reasignación: cuando se identifique un conflicto que comprometa la imparcialidad, el editor responsable procederá a reasignar al evaluador o editor implicado, sin afectar los tiempos del proceso.
Inhibición: los miembros del Comité Editorial o del Comité de Ética con conflicto declarado deberán inhibirse de participar en la deliberación del caso correspondiente.
Evaluación por el Comité de Ética: los casos en que el conflicto sea sobreviniente, grave o de difícil gestión serán remitidos al Comité de Ética Editorial para su análisis y decisión motivada.
Confidencialidad: las declaraciones serán tratadas con estricta reserva y solo serán consultadas por las instancias editoriales competentes.
f. Principios rectores
- Transparencia: toda declaración es un acto de responsabilidad profesional y académica.
- Proporcionalidad: la respuesta institucional será adecuada a la naturaleza y gravedad del conflicto identificado.
- Imparcialidad: ningún actor con interés comprometido participará en decisiones que le conciernan directamente.
- Buena fe: se presume la honestidad de las declaraciones; la falsedad deliberada será sancionada.
g. Referencias normativas
- COPE. Guidelines on Conflicts of Interest, 2022. https://publicationethics.org
- ICMJE. Disclosure Form and Recommendations, 2023. https://www.icmje.org
- Declaración de Singapur sobre Integridad en la Investigación, 2010.
- Ley 1474 de 2011 — Estatuto Anticorrupción, Colombia.
- Ley 1437 de 2011 — Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Colombia.
Anexo 3. Protocolo de retractaciones, correcciones y actualizaciones
Luna Azul establecerá mecanismos claros para la publicación de correcciones, fe de erratas o retractaciones, cuando se identifiquen errores sustanciales o incumplimientos éticos posteriores a la publicación. Estas acciones se realizarán de manera transparente y respetuosa con los lectores y autores.
Fundamento normativo
Este protocolo se sustenta en las directrices del Committee on Publication Ethics (COPE) —particularmente sus Retraction Guidelines (2019)— las recomendaciones del International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE), los principios de la Declaración de Singapur sobre Integridad en la Investigación (2010), la Ley 23 de 1982 y la Ley 1915 de 2018 sobre derechos de autor en Colombia, y los estándares de la National Information Standards Organization (NISO) para la gestión de contenidos digitales.
a. Definiciones operativas
Corrección o fe de errata: modificación puntual de un contenido publicado en el que se identifica un error menor —tipográfico, de datos o de citación— que no afecta las conclusiones ni la integridad del conjunto de la obra.
Actualización: incorporación de información nueva o revisada que complementa o matiza el contenido original sin invalidarlo, aplicable especialmente a publicaciones digitales o de carácter técnico.
Retractación: acto formal mediante el cual la editorial invalida total o parcialmente una publicación debido a errores sustanciales, hallazgos no reproducibles, plagio comprobado, fabricación o falsificación de datos, o cualquier otra falta ética grave, conforme a las Retraction Guidelines del COPE.
b. Causales de activación
| Acción | Causales principales |
|---|---|
| Corrección | Errores tipográficos, de datos secundarios o de citación que no alteran conclusiones |
| Actualización | Información superada, cambios normativos o nuevos hallazgos que complementan la obra |
| Retractación | Plagio, autoplagio, fabricación de datos, conflicto de interés no declarado, error sustancial que invalida conclusiones |
c. Procedimiento
Identificación y notificación: cualquier autor, lector, evaluador o tercero podrá notificar al Comité de Ética Editorial la existencia de un posible error o irregularidad, mediante comunicación escrita con soporte documental. El comité acusará recibo en un plazo máximo de cinco días hábiles.
Evaluación: el Comité de Ética Editorial analizará la naturaleza y gravedad del hallazgo en un plazo de veinte días hábiles, con criterio de confidencialidad e imparcialidad. Podrá solicitar conceptos externos si la complejidad del caso lo requiere.
3.3 Notificación al autor: antes de adoptar cualquier decisión, se informará al autor o autores implicados, quienes tendrán derecho a presentar descargos en un plazo de diez días hábiles, garantizando el debido proceso conforme a la Ley 1437 de 2011.
Decisión motivada: el comité emitirá una resolución documentada que determinará la acción procedente: corrección, actualización o retractación, con indicación expresa de sus fundamentos.
Implementación editorial: la acción adoptada se publicará de manera visible, vinculada al contenido original y con fecha de registro, garantizando su trazabilidad en todas las plataformas y bases de datos donde la obra esté indexada.
d. Estándares de publicación
Correcciones y fe de erratas: se publicarán como nota adjunta al contenido original, identificando con precisión el error y su corrección, sin eliminar la versión inicial.
Actualizaciones: se indicará con claridad la fecha y naturaleza de la modificación, preservando el acceso a la versión anterior cuando sea pertinente.
Retractaciones: se publicará un aviso formal de retractación que incluya la identificación completa de la obra, la causal, la fecha y la instancia que adoptó la decisión. El contenido retractado permanecerá accesible con marca de retractación visible, conforme a los estándares COPE y NISO, para preservar el registro académico.
e. Principios rectores
- Transparencia: toda acción correctiva será pública, trazable y comunicada oportunamente a autores y lectores.
- Proporcionalidad: la medida adoptada corresponderá a la naturaleza y gravedad del error o falta identificada.
- Respeto: el proceso se adelantará con consideración hacia la trayectoria de los autores y sin señalamientos que excedan lo estrictamente necesario.
- Integridad del registro: ninguna publicación será eliminada sin dejar constancia de su existencia y de las razones de su retractación.
f. Referencias normativas
- COPE. Retraction Guidelines, 2019. https://publicationethics.org
- COPE. Core Practices, 2022. https://publicationethics.org
- ICMJE. Recommendations for the Conduct, Reporting, Editing and Publication of Scholarly Work, 2023. https://www.icmje.org
- Declaración de Singapur sobre Integridad en la Investigación, 2010.
- NISO. Standards for the Communication of Retractions, 2019. https://www.niso.org
- Ley 23 de 1982 — Derechos de Autor, Colombia.
- Ley 1915 de 2018 — Reforma a la Ley de Derechos de Autor, Colombia.
- Ley 1437 de 2011 — Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Colombia.
Anexo 4. Manual operativo del proceso editorial
El manual operativo describe de manera detallada las fases, tiempos, responsabilidades y herramientas del proceso editorial, y constituye un instrumento interno de gestión para editores, coordinadores editoriales y personal de apoyo, garantizando la estandarización y mejora continua de los procesos editoriales.

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